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Sólo 4 Comunidades Autónomas regulan la instalación de desfibriladores en espacios públicos

martes 26 de enero de 2016, 19:32h
Sólo 4 Comunidades Autónomas regulan la instalación de desfibriladores en espacios públicos
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País Vasco, Cataluña, Andalucía y Canarias han desarrollado una normativa propia a favor de la cardioprotección. Un decreto de 2009 incentiva la instalación de desfibriladores semiautomáticos (DESA) fuera del ámbito sanitario en toda España, aunque se está todavía lejos de una homogeneidad legal sobre su colocación y en cuanto a los requisitos sobre la formación para su uso o registro. El uso de esta tecnología aumenta hasta el 90 por 100 las posibilidades de sobrevivir a un paro cardíaco en los 5 primeros minutos.

En España se producen cada año aproximadamente 30.000 muertes al año por paradas cardiorespiratorias, cifra que podría reducirse de manera significativa si se aplicara la desfibrilación a la víctima en los 5 primeros minutos Tras un paro cardíaco, el índice de supervivencia en nuestro país se sitúa en el 4 por 100, mientras en Estados Unidos el porcentaje que se eleva hasta el 50 por 100 gracias a la presencia masiva de DESA.

Los DESA son desfibriladores de uso público que requieren poca capacitación para su manejo. Advierten en el momento de la descarga al usuario, indicándole que hay que separarse del paciente y pulsar el botón que activa la desfibrilación y le muestran los pasos a seguir durante todo el proceso.

En este escenario resulta llamativo que sólo cuatro Comunidades Autónomas (CCAA) hayan establecido la obligatoriedad de instalar estos equipos en los espacios públicos: País Vasco, Cataluña, Andalucía y Canarias según B+Safe, empresa especializada en la aplicación de tecnologías innovadoras en la seguridad corporativa a nivel de accesos, bienes y personas.

En 2009 el gobierno español sentó las bases para la regulación de la presencia de DESA en el Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo que establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de estos equipos fuera del ámbito sanitario.

La normativa pone en valor la importancia de la protección de la salud y cómo los desfibriladores pueden ayudar a salvar vidas en casos de paradas cardiorespiratorias causadas en un 85 por 100 de los casos por la fibrilación ventricular, según avalan organismos médicos internacionales. Sin embargo, deja en manos de las CCAA el establecimiento de los requisitos para su uso, la promoción y la recomendación de su instalación, de acuerdo con las indicaciones de los organismos internacionales, en aquellos lugares que registren gran afluencia de personas como centros comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, etc.

“La realidad es que trece CCAA carecen de normativa propia al respecto. Resultan especialmente llamativos los casos la Comunidad de Madrid y la Comunidad Foral de Navarra tienen dicha legislación en borrador o pendiente de aprobar”, Nuño Azcona, Director General de B+Safe.

Las CCAA sin legislación son: Madrid, Galicia, Asturias, Cantabria, Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia, Islas Baleares, Castilla La Mancha, Extremadura, Castilla León, La Rioja, Navarra. Tampoco la tienen las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Se da la circunstancia de que las cuatro CCAA que han desarrollado normativa propia para aplicar la cardioprotección en su territorio, lideran la presencia de DESA en espacios públicos en nuestro país, según destaca B+Safe.

Andalucía

- Los desfibriladores deben estar preparados y situados de tal forma que se pueda actuar en el menor tiempo posible y garantizando altos niveles de calidad y eficacia.

- Pueden utilizarlos personas que posean la formación inicial de RCP (Resucitación cardiopulmonar) y uso del desfibrilador con sus conocimientos debidamente actualizados y certificados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

- Es obligatoria su instalación en poblaciones de más de 50.000 habitantes, estaciones de metro con afluencia diaria de igual o superior a 5.000 personas, instalaciones, centros o complejos deportivos con usuarios diarios igual o superior a 500 personas y establecimientos públicos con aforo igual o superior a 5.000 personas.

Cataluña

Se exige que los DESA estén en perfecto estado de funcionamiento y mantenimiento, siendo responsabilidad de dueño que esto se cumpla.

- Antes de su uso se debe avisar al 112 y es necesario disponer de los cursos de RCP y uso del desfibrilador.

- Se deben instalar por decreto en grandes superficies con actividad comercial minorista con superficie útil para la exposición y venta al público superior a 2.500 m2, aeropuertos, puertos comerciales, estaciones de autobuses y ferrocarril de poblaciones de 50.000 habitantes, estaciones de metros con tránsito diario igual o superior a 5.000 personas, instalaciones, centros o complejos deportivos con un volumen diario de usuarios sea igual o superior a 500 personas y establecimientos públicos con un aforo igual o superior a 5.000 personas.

País Vasco

- Los desfibriladores deben encontrarse en perfecto estado de mantenimiento para su correcto uso bajo la responsabilidad del propietario.

- Podrán ser utilizados por personal no sanitario partiendo de la cadena de supervivencia con la RCP y el apoyo de los servicios de Emergencias de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, con los que se contactará al inicio de actuaciones. Los equipos deben estar correctamente registrados.

- Están obligados a instalar un desfibrilador o varios los grandes establecimientos comerciales, individuales y colectivos, las infraestructuras de transporte como aeropuertos y puertos comerciales, estaciones de autobuses o ferrocarril de poblaciones de más de 50.000 habitantes, y estaciones de metro, tren o autobús con una afluencia media diaria igual o superior a 2.000 personas. También están obligados los establecimientos públicos, instalaciones, espectáculos y actividades recreativas con aforo autorizado superior a 700 personas y los centros educativos con un aforo igual o superior a 2.000 personas.

Canarias

- Estaciones e intercambiadores de transporte terrestre en poblaciones de más de 50.000 habitantes.

- Aeropuertos y puertos comerciales

- Hoteles con más de 1.000 plazas.

- Instalaciones, centros, complejos deportivos públicos de poblaciones de más de 50.000 habitantes y con una afluencia media superior a 1.000 usuarios.

- Establecimientos dependientes de las administraciones públicas de poblaciones de más de 50.000 habitantes y con una afluencia media diaria superior a 1.000 usuarios.

- Teatros municipales, auditorios y salas de congresos con aforo superior a 1.000 personas.

“En España está aumentando el interés de las Administraciones Públicas por impulsar la creación de zonas cardioprotegidas, en especial en lugares que registran gran tránsito de personas Sin embargo, aún estamos a gran distancia de países como Francia nuestro país vecino, donde la presencia de desfibriladores es ocho veces superior a la de España”, asegura Nuño Azcona, Director General de B+Safe.

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