Se puede solicitar información sobre los beneficios fiscales en los teléfonos 901 50 50 60 y 91 580 94 04 y pedir cita previa por internet o en los teléfonos 901 22 33 44 y 91 553 00 71 para confeccionar la declaración.
Los más de tres millones de contribuyentes madrileños van a poder seguir beneficiándose este año de la tarifa autonómica del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) más baja de España, en una campaña que se lleva a cabo hasta el próximo 2 de julio, por ser inhábil el día 30 de junio.
La Comunidad de Madrid pone a disposición de los contribuyentes madrileños los teléfonos 901 50 50 60 y 91 580 94 04, en los que se informará de los beneficios fiscales previstos en esta Campaña de la Renta. El horario de atención es de 9 a 18 horas de lunes a viernes. Además, en el Portal del Contribuyente de la Comunidad de Madrid de www.madrid.org está disponible toda la información sobre la Campaña de 2017.
COORDINACIÓN CON LA AGENCIA TRIBUTARIA
Al mismo tiempo, la Comunidad prestará un servicio de ayuda al contribuyente en la confección de su declaración, de manera coordinada con la Agencia Tributaria (AEAT). Para ello, se han habilitado dos centros de atención al ciudadano, que estarán situados en las dependencias de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda en la calle Luchana, 23 (esquina con la calle Trafalgar) y en la Plaza de Chamberí, 8, de Madrid, desde hoy 10 de mayo hasta el 2 de julio.
Para acudir a estos puestos hay que solicitar cita previa en el teléfono 901 22 33 44, y también a través del 91 553 00 71, que está operativo desde el 8 de mayo en horario de 9 a 19 horas, de lunes a viernes o a través de internet en la sede electrónica de la AEAT. Este año, como novedad, la AEAT ha publicado la App ‘Agencia Tributaria’, a través de la cual se pueden realizar la mayor parte de los trámites relativos a la Campaña Renta, incluida la solicitud de cita.
Al igual que en años anteriores, es posible presentar telemáticamente las declaraciones y solicitudes de devolución a través de Internet, en el mismo momento en que se confeccionan, con lo que se evitan desplazamientos a los contribuyentes.
En la Campaña 2016 de la Comunidad de Madrid, se atendió a 12.919 ciudadanos y se confeccionaron 14.243 declaraciones, de las cuales, el 86,2 % fueron presentadas telemáticamente y el 13,8 % se entregaron en papel.
SE MANTIENEN LOS BENEFICIOS FISCALES
La Comunidad de Madrid ha rebajado el IRPF en los últimos años entre el 20,8 % para las rentas más bajas (inferiores a 12.450 euros) y el 2,3 % para las rentas más altas (superiores a 53.407,20 euros). Además, ha incrementado la reducción del mínimo por descendientes por encima de la modificación llevada a cabo por el Gobierno de la Nación. Así, en el caso de familias numerosas, la Comunidad de Madrid ha incrementado el mínimo por descendientes en un 10%, alcanzando el máximo permitido por Ley.
También se mantienen todas las deducciones por nacimiento o adopción de hijos, que se incrementan en el caso de partos o adopciones múltiples. Otros de los beneficios fiscales para las familias tienen que ver con el acogimiento de menores, personas mayores de 65 años o personas con discapacidad. A todo ello hay que añadir las deducciones por gastos educativos y las que podrán realizar las familias con al menos dos hijos y renta familiar inferior a 24.000 euros.
Por su parte, y en relación a los jóvenes menores de 35 años, seguirá vigente la deducción en el IRPF por arrendamiento y los jóvenes emprendedores podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año de la actividad.
Además, los inversores en entidades de reciente creación o expansión podrán deducirse el 20 % de las cantidades invertidas siempre que contribuyan también con su conocimiento y experiencia al desarrollo de la empresa.
DEDUCCIONES EN EL IRPF
- Deducciones por el nacimiento o adopción de hijos de hasta 900 euros.
- Deducciones por adopción internacional, que incrementa en 600 euros la deducción general por adopción.
- Deducciones por el acogimiento familiar de menores de hasta 900 euros.
- Deducciones por el acogimiento de mayores o personas con discapacidad de 900 euros al año.
- Deducciones por gastos educativos de hasta 900 euros anuales.
- Deducciones para familias con al menos 2 hijos y recursos económicos reducidos del 10 % de la cuota íntegra autonómica.
- Deducciones por arrendamiento a menores de 35 años de hasta 840 euros anuales.
- Deducciones de hasta el 20 % de las cantidades aportadas por invertir en entidades de reciente creación o expansión y en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil.
- Deducciones para jóvenes emprendedores de 1.000 euros en el año en que inicien su actividad.