- Hay que hacer testamento, para evitar problemas y gastos.
- Los seguros de vida y los productos de inversión vinculados son para el beneficiario, con independencia de la legítima.
- Hay que saber que existe la legítima (legítima general y la estricta).
- Se puede evitar la PLUSVALÍA MUNICIPAL, si el bien se asigna en la disolución de gananciales.
- Antes de hacer el cuaderno particional se realiza la disolución de gananciales.
- Si tienes reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones, conviene poner el mayor valor de mercado posible para ahorrar en la venta.
- Los impuestos se pueden pagar con cargo a saldos en cuenta y otros bienes.
- Hay que intentar que quede DINERO, en caso de fallecimiento, para poder pagar los impuestos de la herencia.
- Los planes de pensiones cobrados por los beneficiarios y/o herederos, tributan en el IRPF y no se incluyen en el cuaderno particional.
- Los seguros de vida también proporcionan liquidez para el pago de impuestos y para cubrir los gastos vinculados con la herencia.
- Disponemos de 6 meses desde el fallecimiento para realizar las gestiones, pudiendo solicitarse un aplazamiento de otros 6 meses más.
Antes de hacer cualquier gestión económica, es aconsejable consultar a un
PROFESIONAL, para que asesore sobre la mejor opción.