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GEBTA valora las repercusiones de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

miércoles 30 de marzo de 2016, 10:50h
GEBTA valora las repercusiones de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Afecta a la compensación de viajeros y empresas en concepto de indemnizaciones aéreas por retraso. Abre la puerta a nuevos escenarios y titulares en la reclamación y podría tener efectos en costes, administrativos y procedimentales en la industria de los viajes de empresa. El transporte aéreo en el segmento de los viajes corporativos en España supondría una inversión de más de 5.000 millones de euros al año según las estimaciones de GEBTA.

GEBTA España, la organización empresarial de referencia en materia de viajes de empresa en España, advierte acerca de las consecuencias de la Sentencia de 17 de febrero de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en materia de indemnizaciones aéreas por retraso en el transporte aéreo, cuyo análisis se publica en la revista de gestión de viajes de empresa "Business Travel Magazine" de GEBTA: La Sentencia puede tener efectos significativos para la industria de los viajes de negocio, tanto en términos de costes, como administrativos y procedimentales, dado que abre la puerta a nuevos escenarios de reclamación a la vez que a nuevos titulares del derecho de reclamación, a saber las empresas afectadas por el retraso.

Existen dos ámbitos de posible trascendencia:

1) Jurídica: las administraciones, organizaciones y empresas que requieren viajar, en el futuro podrán "personarse" y defender sus derechos en caso de que lo estimen oportuno. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea extiende el ámbito de protección al empleador y abre la posibilidad de que éste reclame por los perjuicios ocasionados en los supuestos de retrasos del transportista.

2) Económica: la factura“aérea” es la primera en importancia en la partida de viajes de empresa. El transporte aéreo en el segmento de los viajes corporativos en España supone, aproximadamente, una inversión de más de 5.000 millones de euros al año según las estimaciones de GEBTA. La ampliación del ámbito de protección del viajero, al del empleador, puede conllevar, en la práctica, el incremento de los costes en indemnizaciones de las compañías aéreas cuando concurran simultáneamente el pasajero afectado y su empleador.

Urls “jurídicas”

Recurso (2014)

• Sentencia. (SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 17 de febrero de 2016 )

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