La paga extra, algún premio de la lotería, esos ahorros que llevamos años reuniendo…
Cuando llega fin de año, muchas familias aprovechan la llegada de ingresos extra para
cancelar su hipoteca y deshacerse por fin de esta pesada deuda. Sin embargo, no todo el mundo sabe cuál es el proceso que hay que seguir para pagar el capital pendiente. Desde el comparador bancario HelpMyCash.com nos resumen en dos puntos los pasos que hay que dar para decir adiós para siempre a la hipoteca.
Primer paso: la amortización anticipada
Si contamos con el dinero suficiente para devolver lo que nos queda por pagar de la hipoteca, lo primero que tendremos que hacer será comunicar al banco nuestra intención de amortizarla anticipadamente. Este está obligado a aceptar la cancelación, pero nos puede exigir por contrato que le avisemos con algunos días de antelación.
Una vez acordado el método de pago de la deuda pendiente, se formalizará la cancelación y la hipoteca quedará saldada. Hay que decir, sin embargo, que esta operación puede constarnos dinero si en la escritura tenemos incorporada una comisión por amortización anticipada. Actualmente, esta penalización puede ser del 0,5% de lo que adelantemos, un porcentaje que se reduce hasta el 0,25% si ya han transcurrido cinco años desde la firma del contrato.
Además, si la hipoteca es fija, también se nos podría cobrar la llamada comisión de riesgo de tipo de interés, una compensación que solo se aplicará si le generamos una pérdida financiera al banco y que suele oscilar entre el 0,5% y el 5% del capital pendiente. Hay que decir, sin embargo, que muchas entidades no cobran estas comisiones, especialmente las que operan a distancia: ING, Openbank, Hipotecas.com, Coinc…
Segundo paso: la cancelación registral
Una vez terminado este proceso, la deuda quedará totalmente saldada, pero la carga aún figurará en el Registro de la Propiedad durante los siguientes 20 años. Esto puede ser un problema si queremos vender la vivienda, pues el futuro comprador nos exigirá que no haya ninguna hipoteca registrada sobre nuestro inmueble.
Así pues, ¿cómo podemos eliminar la carga registral? De dos maneras: a través de un gestor (el del banco o uno independiente), que nos cobrará unos 400 euros por la operación y se encargará de hacer todos los trámites, o por nuestra cuenta, que nos saldrá más barato. En el segundo caso, tendremos que exigir al banco que nos dé el certificado de deuda cero (que es gratuito), pedir a un notario que haga la escritura de cancelación y recoger el Modelo 600 del impuesto sobre actos jurídicos documentados en la delegación de Hacienda correspondiente.
El siguiente paso será firmar la escritura de cancelación junto con el apoderado del banco, pagar al notario sus honorarios y acudir al Registro de la Propiedad para que se retire la carga de nuestra vivienda (previo abono de los aranceles que correspondan). Una vez completado este proceso, nuestra casa habrá quedado, por fin, liberada de la hipoteca tanto a ojos de nuestra entidad financiera como a los del Registro.