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Vender el piso con alquiler garantizado: Una solución a medida para personas mayores con necesidad de liquidez

lunes 23 de mayo de 2016, 17:35h
Kepa Apraiz, director de Kategora
Kepa Apraiz, director de Kategora
Llega a Bilbao la posibilidad de vender la vivienda habitual y convertirse en inquilino de la misma con un alquiler garantizado. La solución, dirigida a personas mayores, permite recibir el importe total de la venta de su casa y quedarse en ella de alquiler. Este modelo permite igualmente liberarse de gastos como los recibos del IBI, las cuotas de la Comunidad de Propietarios y el Seguro del Continente de la Vivienda.
Vender el piso con alquiler garantizado: Una solución a medida para personas mayores con necesidad de liquidez
Una firma bilbaína especializada en la gestión de patrimonio inmobiliario, Kategora, lanza una solución muy beneficiosa para la gente mayor con pisos en propiedad en el centro de las ciudades. El objetivo es que estas personas vendan su casa a un inversor a precio de mercado, pero se queden viviendo en ella como inquilinos pagando un alquiler mensual. Con ello obtienen una gran liquidez económica que les ayudará a mejorar notablemente su calidad de vida.

En España viven 8,5 millones de personas con más de 65 años. En general, su situación económica es complicada y con poca liquidez: escasos ahorros, pensión reducida, cargas familiares, etc. Sin embargo, el 87% de este colectivo es propietario de una vivienda que, además, supone el 85% del ahorro conseguido a lo largo de su vida.

Ante esta situación, la consultora bilbaína de gestión de patrimonio inmobiliario Kategora Real Estate pone en marcha en Bizkaia un modelo de gran tradición en el mundo anglosajón: la venta con alquiler garantizado.

Esta solución consiste en que la persona mayor que posee una vivienda puede venderla a precios de mercado, recibiendo el importe total de una sola vez, y quedarse en ella de alquiler durante un período mínimo de 5 años.

Así, el vendedor del activo inmobiliario (en este caso la vivienda habitual) obtiene una gran liquidez por su venta, pero sigue disfrutando del mismo en calidad de inquilino, con un alquiler mensual. Se trata de rentabilizar en vida su vivienda, sin renunciar a su uso y disfrute actual.

El público objetivo es gente mayor, con pisos en propiedad en el centro de las ciudades, pero que no disponen de gran liquidez o que tienen pensiones muy bajas.

“Con ese capital -explica Kepa Apraiz, socio director de Kategora- el cliente puede vivir más desahogadamente, contratar asistencia personal, adaptar la vivienda o ayudar en vida a un familiar con problemas financieros o de salud”. “Al final de esos 5 años –continúa Apraiz- se puede optar por seguir viviendo en ella o decidir qué hacer en base a su situación en ese momento”.

Ventajas de este modelo

La principal ventaja de esta solución inmobiliaria es el mantenimiento de su lugar de residencia de siempre, pero disponiendo de una alta liquidez. La venta con alquiler garantizado permite igualmente liberarse de gastos generados por su vivienda, ya que dejará de abonar para siempre los recibos del IBI, las cuotas de la Comunidad de Propietarios y el Seguro del continente de la vivienda.

Desde el punto de vista de los familiares, la solución de Kategora en Bilbao (modelo que pretenden extender a Madrid y Barcelona), permite a estas personas mayores vivir con mucho desahogo económico y calidad de vida en su propia casa. Incluso, se pueden permitir contratar a profesionales que cuiden o les atiendan las 24 horas del día, en el caso de que requieran atención médica individualizada.

Desde un punto de vista de fiscalidad, la transmisión de la vivienda habitual para los mayores de 65 años bajo el modelo de alquiler garantizado está exenta la tributación en su declaración de Renta (IRPF) hasta 400.000€ de ganancia patrimonial (en el caso de Bizkaia).

Asimismo, en este territorio existe una deducción para los inquilinos, de tal forma que los contribuyentes que satisfagan cantidades por el alquiler de su vivienda habitual podrán aplicar una deducción del 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un límite de deducción de 1.600 euros anuales.
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