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Sin uno o varios certificados no somos nadie
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Sin uno o varios certificados no somos nadie

jueves 16 de mayo de 2019, 10:23h
Si no somos capaces de acreditar mediante un certificado oficial nuestro estado civil, nuestros estudios o que no debemos nada a Hacienda, nuestra vida será mucho más complicada. id: 45368

Y es que hay cosas que no podremos hacer sin estar en posesión del certificado oportuno. Ni casarnos, ni que nos contraten, ni votar, ni casi nada.

Hay bastantes tipos de certificados, veamos brevemente algunos:

Certificado de Estudios acreditará los niveles de estudio que tenemos y que nos adaptamos al puesto de trabajo que hemos solicitado, en caso de que estemos buscando empleo. También es necesario si lo que queremos es acceder a un nivel superior de educación ya que nos pedirán estar en posesión de los títulos anteriores para poder ingresar.

El certificado de Situación de Cotización es emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). El mismo da constancia de que el ciudadano tiene o no deudas con la institución. El documento es imprescindible para realizar ciertos trámites en la Administración Pública, como los concursos, contratos públicos, acceso a subvenciones o recepción de bonos, entre otros.

El Certificado de Delitos Sexuales responde a la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia, vigente desde 2016, y se exige como requisito obligatorio a todos aquellos profesionales o voluntarios que tengan contacto con menores de 18 años. Este documento procura salvaguardar la integridad y la vida de los niños y adolescentes y, además, acredita que la persona contratada es responsable y no cuenta con antecedentes de este tipo.

El certificado de matrimonio es un documento cuyo objetivo principal es dar fe de la unión de dos personas, aunque no es único. También se necesitará para realizar otros trámites como, adoptar un niño, demostrar que se estuvo casado, en caso de divorcio o separación, y al momento de cobrar una herencia.

Existen muchos más certificados que pueden ser necesarios para el normal desarrollo de nuestra vida personal, profesional o empresarial. Vamos a hablar a continuación de un certificado poco conocido.

El certificado de convivencia

El Tribunal Constitucional ha dejado establecido que "el matrimonio y la convivencia extramatrimonial no son situaciones equivalentes", sino diferentes.

Cada comunidad autónoma tiene su propia legislación sobre las parejas de hecho, pero, en general, podemos decir que las principales diferencias legales entre ambas situaciones son las siguientes:

  • Los miembros de una pareja de hecho no pueden hacer la declaración conjunta del IRPF.
  • No hay vacaciones por formar una pareja de hecho.
  • En caso de ruptura de la pareja no todas las comunidades reconocen una pensión compensatoria.

El Tribunal Supremo define a la pareja de hecho como “la unión libre, pública y estable de dos personas con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación de afectividad análoga con el matrimonio, siendo incompatible con cualquier matrimonio de los convivientes”. Y también afirma que “con la existencia del matrimonio homosexual y el divorcio unilateral, se puede proclamar que la unión de hecho está formada por personas que no quieren, en absoluto, contraer matrimonio con sus consecuencias”.

Al no existir una legislación nacional sobre el tema es muy importante que nos informemos de cómo funciona el tema de las parejas de hecho allí donde residamos.

Conseguir el certificado de convivencia es un paso necesario para poder hacer la inscripción en los Registros Municipales de Parejas de Hecho.

Existen muchos más detalles muy importantes de este certificado sobre los que podrá encontrar información más detallada aquí. Ahora solo tenemos espacio para señalar uno muy a tener en cuenta: En el caso de que alguno de los dos convivientes fallezca, se tienen menos derechos que en un matrimonio, aunque el certificado de convivencia en estos casos es crucial, porque es el único documento que permitirá justificar la unión y acceder a la igualdad de derechos que puede tener un matrimonio.
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