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Ley de Enjuiciamiento Civil

OPINIÓN: Por Julio Bonmatí Martínez, Profesional independiente y docente

11/04/2022@19:38:48
En este artículo vamos a referirnos al dictamen de peritos recogido en el artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil donde se determina que cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal. id:82930
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