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Registro Mercantil

OPINIÓN por Julio Bonmatí Martínez, profesional independiente y docente

24/04/2024@17:25:21
El artículo 27.2 del Código de Comercio y el artículo 333.2 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil establece la obligación de legalizar los libros contables en el plazo de cuatro meses desde que se cerró el ejercicio contable. Dicha legalización debe hacerse de forma telemática para los ejercicios cerrados con posterioridad al 31 de diciembre de 2014 (Instrucción de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de los registros y del Notariado, sobre legalización de libros de los empresarios, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 14/2013 de emprendedores) en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social del empresario de conformidad con el artículo 329 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. ID: 87916

OPINIÓN por Julio Bonmatí Martínez, profesional independiente y docente

En la página 68 de la Memoria Anual de Actividades 2022 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) en su apartado 4.2 Actuaciones disciplinarias literalmente dice: "Las actuaciones disciplinarias desarrolladas en el año 2022 en virtud de la competencia asignada al ICAC por el artículo 283 texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, han consistido en la tramitación de los expedientes administrativos sancionadores por incumplimientos de la obligación de presentar para su depósito en el registro mercantil las cuentas anuales, asistiendo a la Presidencia en la elaboración de los actos de su competencia dictados en dichos expedientes. El número de expedientes sancionadores en materia de depósito de cuentas resueltos ha ascendido a un total de 300 expedientes, frente a los 165 expedientes resueltos en el ejercicio 2021. El importe de las multas impuestas ha ascendido a 791.770,63 euros." ID: 86489

Durante la Jornada sobre Principales cambios del PGC en la elaboración de la memoria y presentación del Modelo de Memoria no Abreviada de Sociedades Cooperativas organizada por el Consejo General de Economistas de España

Los economistas consideran que la estandarización de la información empresarial permite una mayor comparabilidad de los datos a nivel agregado y, por consiguiente, redunda en que las administraciones públicas, y el resto de las partes interesadas, puedan adoptar mejores decisiones. id:82783

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En principio las cuentas anuales al haber entrado en vigor las órdenes antes referidas, deben depositarse con arreglo a la nueva normativa. id:74561
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Cuando piensa en la constitución de una empresa el empresario medio sólo piensa en la creación de una nueva empresa, algo fresco y nuevo, totalmente propio. Sin embargo, hay otras opciones que vale la pena considerar. Una de ellas es la compra de una sociedad inactiva. ID: 85622

De acuerdo con los datos de Iberinform, el Registro Mercantil acumula 1,9 millones de empresas registralmente activas que no ha publicado actos ni depositado cuentas en los últimos años. id:77686

Tras la publicación en el BOE, en el día de hoy, de la Órdenes JUS/793/2021 y JUS/794/2021, de 22 de julio, por las que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales –individuales y consolidadas– de los sujetos obligados a su publicación, las empresas dispondrán solo de cuatro días para adaptar sus cuentas anuales a los nuevos requisitos. id:74413