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Luis Villarroya,, presidente de TECNIBERIA.
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Luis Villarroya,, presidente de TECNIBERIA.

Tecniberia acuerda no presentar recurso contra la sentencia de la A.N.

miércoles 31 de julio de 2019, 12:17h
La patronal seguirá luchando para que los servicios de consultoría e ingeniería sean adjudicados fundamentalmente por criterios técnicos. id:48374
TECNIBERIA, la asociación española de empresas de ingeniería, consultoría y servicios tecnológicos, presentó en abril de 2018 un Recurso Especial ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, solicitando la anulación de un concurso de AENA que, según el operador aeroportuario, se regía por la Ley de Sectores Excluidos y cuya adjudicación se basaba en la subasta electrónica.

TECNIBERIA, como patronal defensora de los derechos de las empresas de consultoría de ingeniería españolas, interpretaba que la directiva europea de contratación pública para sectores excluidos (2014/25/UE) era ya de aplicación a pesar de no haber sido transpuesta aún y, por lo tanto, de acuerdo con la misma, la subasta electrónica no podía ser aplicada en este caso.

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales desestimó la reclamación en junio de 2018, por lo que TECNIBERIA, en respuesta a esta resolución, presentó un recurso ante la Audiencia Nacional, que ha sido desestimado en julio de este año. La Junta Directiva de la asociación ha acordado no presentar recurso de casación contra dicha sentencia. Luis Villarroya, presidente de TECNIBERIA ha comentado al respecto: “No nos damos por vencidos y, aunque no vayamos a recurrir, seguimos considerando una aberración que AENA siga adjudicando los servicios de consultoría de Ingeniería por subasta electrónica, amparándose para hacerlo en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, que desde abril de 2016 debería recoger la Directiva 2014/25/UE. TECNIBERIA considera que la ley que debe regir las licitaciones de AENA para la contratación de los servicios de consultoría de ingeniería es la Ley de Contratos del Sector Público, que no sólo prohíbe la subasta para este tipo de servicios, sino que exige que los criterios técnicos tengan mayor peso que el precio a la hora de contratar”.

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